Presentación.
§ 1. Constitución Española de 27 de diciembre de 1978.
§ 2. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
§ 3. Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
§ 4. Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo (normas vigentes).
§ 5. Real Decreto 1.382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial del personal de alta dirección.
§ 6. Real Decreto 1.620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
§ 7. Real Decreto 1.438/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas.
§ 8. Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia .
§ 9. Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (selección de normas).
§ 10. Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo.
§ 11. Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
§ 12. Real Decreto 1.796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación.
§ 13. Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (selección de normas).
§ 14. Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (selección de normas)
§ 15. Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.
§ 16. Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.
§ 17. Real Decreto 1.529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
§ 18. Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017.
§ 19. Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.
§ 20. Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
§ 21. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
§ 22. Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
§ 23. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Índice analítico.
Durante el período que cubre esta edición las novedades han sido numerosas, por lo que bien podemos hablar de una etapa reformadora de nuestro ordenamiento. En primer lugar, se ha pretendido adaptar la regulación laboral a las nuevas realidades productivas caracterizadas por la utilización de las tecnologías de la información. Así, la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, ha introducido una primera intervención normativa sobre derechos de los representantes de los trabajadores en materia de transparencia en caso de empresas que utilizan la gestión algorítmica de personal. De otro lado, se introduce la "presunción" de laboralidad en caso de plataformas digitales de reparto.
Se contempla también el RD-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo (BOE de 30 de diciembre), que tiene entre sus objetivos, la pretensión de corregir de manera decidida la excesiva temporalidad que caracteriza al mercado laboral español. Además, este RD-Ley ha operado otras alteraciones en el ordenamiento laboral; así, también actúa en el ámbito de la contratación y subcontratación, con el objetivo de evitar que esta vía se utilice para abaratar y empeorar las condiciones de trabajo. De otro lado, incluye una limitada reforma del régimen jurídico de la negociación colectiva, especialmente en materia de ultraactividad y prioridad aplicativa del convenio de empresa. Por último, se pretende aprovechar la experiencia de la pandemia para reforzar la alternativa de los ERTEs frente a los ERE y crear un mecanismo que permita la estabilización del empleo en situaciones de crisis, el mecanismo RED.
Junto a estas relevantes modificaciones, se incorporan las normas que periódicamente deben ser alteradas para facilitar una permanente actualización de nuestro ordenamiento: las fiestas laborales (Resolución de 14 de octubre de 2021), SMI (RD 152/2022).